Junta de Gobierno
Órgano de gobierno del Colegio, constituido por miembros elegidos directamente por todas las personas colegiadas con derecho a voto.
Son principios esenciales de la estructura interna y del funcionamiento del Colegio la igualdad de sus miembros, la elección democrática de sus órganos de gobierno, la adopción de los acuerdos por mayoría y su libertad de actuación dentro del respeto a las leyes.
La Junta de Gobierno está constituida por miembros elegidos directamente por todas las personas colegiadas con derecho a voto, siguiendo un procedimiento electoral en el que todas las personas colegiadas son electoras y elegibles.
Corresponde a la Junta de Gobierno la representación del Colegio, su dirección y administración y la ejecución de los acuerdos adoptados por la Junta General.
Son atribuciones de la Junta de Gobierno, entre otras: cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Junta General; administrar los bienes del Colegio y recaudar las cuotas que deban hacer efectivas las personas colegiadas; confeccionar los presupuestos anuales; adoptar medidas que se consideren convenientes para defender al Colegio y la profesión; crear las secciones, comisiones y grupos de trabajo necesarios para que se cumplan mejor las funciones colegiales; designar a los representantes del Colegio ante los organismos, entidades e instituciones, o en actos públicos o privados; informar a las personas colegiadas de las actividades y acuerdos del Colegio y preparar la memoria anual de su gestión.